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CerrarA través de la Directiva 96/35/CE del Consejo de 3 de junio de 1996, relativa a la designación y a la cualificación profesional de Consejeros de Seguridad para el transporte por carretera, por ferrocarril o por vía navegable de mercancías peligrosas, los Estados Miembros, concienciados con el aumento de transporte de mercancías peligrosas y la necesidad de establecer medidas que potenciaran la seguridad de éstos, acordaron la creación de la figura de un experto en el ámbito del transporte de estas materias.
La trasposición de esta Directiva al ámbito nacional se materializó mediante el Real Decreto 1566/1999, posteriormente modificado por el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, que regula las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, y la ORDEN/FOM/605, de 27 de febrero del Ministerio de Fomento (BOE del 09-Marzo-2004) que desarrolla los exámenes para acceder a dicha Titulación.
Existen cinco especialidades diferentes de Consejero de Seguridad para el transporte por carretera:
- Clase 1: Materias y objetos explisivos
- Clase 2: Gases
- Clase 7: Materias radiactivas
- Productos petrolíferos: Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas UN 1202 (Gasóleo), UN 1203 (Gasolina), UN 1223 (Queroseno), UN 3475 (Mezcla de etanol y gasolina o Mezcla de etanol y combustible para motores) y los combustibles de aviación con los números UN 1268 y UN 1863
- Resto de clases: 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9
Aquí puedes consultar toda la información sobre las convocatorias de examen de cada año.
Más información en la página del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
INFORMES ANUALES DE CONSEJEROS DE SEGURIDAD VÍA ELECTRÓNICA
Los consejeros de seguridad están obligados a redactar un informe anual sobre las actividades de transporte de mercancías peligrosas de la empresa a que están adscritos. El contenido mínimo de dicho informe se establece en la Orden FOM/606/2018, de 25 de mayo, sobre el contenido del informe anual para el transporte de mercancías peligrosas por carretera. (BOE de 6 de junio de 2018).
Desde el día 2 de enero de 2019, ese informe solamente se puede presentar telemáticamente, utilizando la aplicación informática específicamente desarrollada para ello. Es necesario disponer de certificado electrónico emitido a nombre de la empresa o del consejero de seguridad que presente el informe. Se accede a la aplicación informática a través del siguiente enlace: Informe Anual
El plazo de presentación de los informes es del 1 de enero al 31 de marzo, del año posterior al del informe.
EXÁMENES CAPACITACIÓN PROFESIONAL DE CONSEJEROS DE SEGURIDAD
Los exámenes son convocados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las pruebas a superar serán dos:
- Prueba test: Consistirá en contestar 50 preguntas tipo test. Cada pregunta contará con cuatro respuestas alternativas, de las cuales únicamente una respuesta será correcta. Las preguntas contestadas erróneamente, no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.
- Prueba práctica: Uno o varios supuestos prácticos relativos al modo de transporte y especialidad escogida.
Para aprobar el examen será necesario obtener una puntuación no inferior a 50 en cada una de las dos partes o, en el caso de renovación de certificado, en la primera parte.
Más información en la página del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (Normativa y Test y Casos Prácticos).
SOLICITUDES: Pendiente convocatoria 2026
La obtención del certificado de aptitud profesional (C.A.P.), acreditativo de que el conductor a cuyo favor se expida ha superado los cursos y exámenes exigidos para su obtención, es necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos (para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E) de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
Será obligatorio la superación de un curso de cualificación inicial (modalidad ordinaria o acelerada), para los conductores que obtengan el permiso de conducción de las categorías D1, D1+E, D o D+E, a partir del 11 de septiembre de 2.008, y de las categorías C1, C1+E, C o C+E, a partir del 11 de septiembre de 2.009. Los conductores cuyo permiso de conducción haya sido emitido con anterioridad a dichas fechas, deberán superar un curso de formación continua.
Más información en: Real Decreto 284/2021
EXENCIONES
Artículo 2 del Real Decreto 284/2021
CÓMO OBTENER EL CAP
TIPOS DE CURSOS
a) Cualificación Inicial:
- Modalidad Ordinaria (280 horas)
- Modalidad Acelerada (140 horas)
Si el conductor posee la cualificación inicial acelerada u ordinaria, de cualquiera de las categorías de permisos (mercancías o viajeros), la duración de la nueva cualificación inicial será de 35 horas o 70 horas, respectivamente, realizando los llamados cursos de promoción o ampliación.
b) Formación Continua (35 horas)
A fin de dar cumplimiento a la exigencia de formación continua, los conductores deberán superar un curso de una duración de 35 horas cada cinco años, sobre las materias que integran el programa señalado en el anexo I, letra B)..
Consulte aquí los centros autorizados para impartir el CAP
EXÁMENES
Plazo de examen: Para poder tomar parte en las pruebas será necesario haber superado los cursos preceptivos, ya sea en la modalidad ordinaria o acelerada de conformidad con los artículos 5 y 6 del Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, en un plazo no superior a un año contado desde la finalización del curso al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes al examen..
Dónde: Los aspirantes a la obtención de la cualificación inicial podrán concurrir a las pruebas que se convoquen y realicen por los órganos competentes, con independencia de su lugar de residencia habitual o del lugar en el que hubieran realizado el curso preceptivo..
Convocatorias: Los exámenes serán organizados por los órganos competentes para la expedición de las autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros y mercancías por carretera en el territorio de que se trate.
La convocatoria de exámenes, que se publicará en el boletín oficial correspondiente, deberá efectuarse, al menos, con un mes de antelación a la realización del primer ejercicio, abriendo un plazo de Inscripción no inferior a 15 días.
Deberán convocarse exámenes al menos seis veces al año, pudiendo el órgano competente publicar una vez al año todas las convocatorias referidas a éste, indicando los plazos de inscripción correspondientes a cada convocatoria.
Consulte aquí el banco de preguntas del CAP que pone a su disposición el Ministerio de Fomento
El transporte público por carretera y sus actividades auxiliares y complementarias sólo podrán ser llevados a cabo por quienes obtengan el título administrativo de competencia profesional correspondiente.
- Transporte nacional e internacional de viajeros
- Transporte nacional e internacional de mercancías
Las pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional se regulan en anexo I del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera.
Requisitos:
1 - Residencia en Castilla-La Mancha (certificado de empadronamiento actualizado o autorizando su consulta).
2 - Hallarse en posesión de alguno de los siguientes títulos (adjuntado copia o autorizando su consulta):
- Título de Bachiller o equivalente
-
Título de Técnico (Formación Profesional de grado medio)
-
Título de Técnico Superior (Formación Profesional de grado superior)
-
Cualquier título acreditativo de haber superado unas enseñanzas universitarias de grado o postgrado
3 - Pagar la tasa (se puede acceder al pago desde la solicitud).
Plazos de presentación de solicitudes:
- 1ª prueba: 1 al 31 de enero de 2025
- 2ª prueba: 1 al 28 de febrero de 2025
- 3ª prueba: 1 al 31 de marzo de 2025
- 4ª prueba: 1 al 30 de abril de 2025
- 5ª prueba: 1 al 31 de mayo de 2025
- 6ª prueba: 1 al 30 de junio de 2025
- 7ª prueba: 1 al 31 de julio de 2025
- 8ª prueba: 1 al 31 de agosto de 2025
- 9ª prueba: 1 al 30 de septiembre de 2025
- 10ª prueba: 1 al 31 de octubre de 2025
- 11ª prueba: 1 al 30 de noviembre de 2025
- 12ª prueba: 1 al 31 de diciembre de 2025
El examen se realizará al mes siguiente de la solicitud, siempre que el número de solicitudes no supere la capacidad de las aulas.
Contenido de las pruebas:
Las pruebas a superar son dos:
1. Prueba: 200 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas (1 punto cada una).
2. Prueba: 4 supuestos prácticos con 8 respuestas alternativas (50 puntos cada uno).
Cada respuesta errónea se penalizará descontando un tercio del valor de una respuesta correcta.
Aparte de superar ambas pruebas (100 puntos), debe obtenerse un mínimo del 60% del total de puntos atribuibles para el conjunto de las 2 pruebas (240 puntos).
NORMATIVA Y BANCO DE PREGUNTAS:
Más información en la página del Ministerio de Fomento (Preguntas y Casos Prácticos).
CONTACTO: competenciaprofesional@jccm.es
SOLICITUDES: <-- En este enlace
Es necesario presentar la solicitud online, mediante certificado digital.
EMPRESAS CAP
En el territorio de Castilla La Mancha, los cursos necesarios del Certificado de aptitud profesional de conductores de transporte (CAP) para obtener la cualificación inicial, tanto ordinaria como acelerada, así como la formación continua, únicamente podrán ser impartidos por las empresas autorizadas para ello como centros de formación por la Dirección General de Transportes y Movilidad (Consejería de Fomento), denominadas empresas CAP, debiendo ajustarse a un modelo previamente homologado por el órgano administrativo que las autorizó..
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN
Cómo
En la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible..
Validez
Una vez la empresa CAP esté autorizada, la validez de la autorización tanto de la de dicha autorización estará condicionada al cumplimiento continuado de las condiciones exigidas para su otorgamiento.
Cursos de Formación de Conductores para el CAP
En el territorio de Castilla La Mancha, los cursos necesarios para obtener la cualificación inicial y la formación continua, únicamente podrán ser impartidos en las sucursales de las empresas CAP autorizadas por la Dirección General de Transportes y Movilidad (Consejería de Fomento) y deberán ajustarse a un modelo previamente homologado por el órgano administrativo que las autorizó.
Validez de la homologación
Los cursos homologados serán válidos en tanto no se modifique el contenido o características del curso.
SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN
Cómo
La empresa CAP, una vez autorizada, para solicitar la homologación de un curso de formación, deberá cursar la solicitud a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, debiendo de adjuntar en la solicitud una memoria que constará de::
- El programa desarrollado de conocimientos que serán impartidos en el curso. Dicho programa tomará como base la tabla de materias contenida en el anexo I del RD 284/2021 y la Orden FOM/2607/2010, todas las cuales deberán figurar en el programa.
- Duración del curso y de cada uno de los módulos o partes que en él intervengan.
- Número de horas dedicadas a prácticas de conducción, indicando, en su caso, las realizadas en simuladores de alto nivel.
- Materias que impartirá cada profesor en función de su especialización, y su titulación o nivel de experiencia.
- Número máximo de alumnos que podrán concurrir al curso (nunca más de 20 alumnos).